1.1.1 Información Institucional Básica
Para ver información sobre la creación de la institución (Ver aquí) en seción de Cantonato.
¿Qué es una Municipalidad?
La municipalidad es una persona jurídica estatal, con patrimonio propio y personalidad, y capacidad jurídica plenas para ejecutar todo tipo de actos y contratos necesarios para cumplir sus fines. Su jurisdicción territorial es el cantón respectivo, cuya cabecera es la sede del gobierno municipal. La municipalidad posee la autonomía política, administrativa y financiera que le confiere la Constitución Política.
Funciones:
Le corresponde el gobierno y la administración de los intereses y servicios cantonales y podrá ejercer las competencias municipales e invertir fondos públicos con otras municipalidades e instituciones de la Administración Pública para el cumplimiento de fines locales, regionales o nacionales, o para la construcción de obras públicas de beneficio común, de conformidad con los convenios que al efecto suscriba.
La municipalidad fomentará la participación activa, consciente y democrática del pueblo en las decisiones del gobierno local. Además de la municipalidad y los demás órganos y entes de la Administración Pública deberán coordinar sus acciones. Para tal efecto deberán comunicar, con la debida anticipación, las obras que proyecten ejecutar.
Competencias:
Las competencias o atribuciones de la Municipalidad están determinadas en el Artículo 4 del Código Municipal:
Artículo 4-…..Dentro de sus atribuciones se incluyen las siguientes:
- Dictar los reglamentos autónomos de organización y de servicio, así como cualquier otra disposición que autorice el ordenamiento jurídico.
- Acordar sus presupuestos y ejecutarlos.
- Administrar y prestar los servicios públicos municipales, así como velar por su vigilancia y control.
- Aprobar las tasas, los precios y las contribuciones municipales, así como proponer los proyectos de tarifas de impuestos municipales.
- Percibir y administrar, en su carácter de administración tributaria, los tributos y demás ingresos municipales.
- Concertar, con personas o entidades nacionales o extranjeras, pactos, convenios o contratos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.
- Convocar al municipio a consultas populares, para los fines establecidos en esta Ley y su Reglamento.
- Promover un desarrollo local participativo e inclusivo, que contemple la diversidad de las necesidades y los intereses de la población.
- Impulsar políticas públicas locales para la promoción de los derechos y la ciudadanía de las mujeres, en favor de la igualdad y la equidad de género.
Para información de localización y horarios (Ver aqui), en la página de inicio.
Para información de como contactarnos, ponemos a su disposición el Directorio Institucional (Ver aquí).
1.1.2 Organización y funciones
Para ver la descripción de las funciones de las unidades que conforman la institución, puede acceder a:
1.1.3 Activos inmuebles de la institución
Este Gobierno Local muestra el listado de activos inmuebles que posee. También se detalla su uso actual, dirección exacta, características de los bienes inmuebles municipales:
La Municipalidad de Alajuelita no tiene alquileres de bienes inmuebles.