Preguntas Frecuentes
Para presentar un curriculum a la municipalidad debe remitirlo al correo reclutamiento@munialajuelita.go.cr
Pueden exonerar todas las personas que tengan un único bien a su nombre en todo el territorio nacional, cuyo valor no exceda los 45 salarios base como lo establece el artículo 4 inciso e de la ley 7509. Esta gestión se realiza todos
Los impuestos municipales se deben cancelar cada trimestre o si el contribuyente lo desea lo puede pagar por año adelantado, realizando el pago en el primer trimestre para evitar multas por vencimiento. Así mismo, los periodos de pago corresponden a los siguientes.
I trimestre de pago de impuestos municipales: del 1ero de enero al 31 de marzo.
II trimestre de pago de impuestos municipales: del 1ero de abril al 30 de junio.
III trimestre de pago de impuestos municipales: del 1 ero de julio al 30 de setiembre.
VI trimestre de pago de impuestos municipales del 1ero de octubre al 31 de diciembre.
Puede solicitar los requisitos en la Plataforma de Servicio o descargar el formulario, llenarlo y adjuntar los documentos que se le solicitan. Una vez completo debe presentarlo personalmente en el departamento de la municipalidad encargado de dar inicio al proceso que solicita, hasta ese momento su trámite dará inicio.
Formulario para Solicitud de Patente. Ver aquí
Todas las personas físicas y jurídicas, en ejercicio de actividades lucrativas en el cantón y que se encuentren debidamente inscritos como patentados en la Municipalidad.
El artículo 789 de Código Municipal establece que las patentes municipales se cancelarán por adelantado.
ARTÍCULO 78.-"Excepto lo señalado en el párrafo siguiente, los tributos municipales serán pagados por períodos vencidos, podrán ser puestos al cobro en un solo recibo.
Las patentes municipales se cancelarán por adelantado. A juicio del Concejo, dicho cobro podrá ser fraccionado.
La municipalidad podrá otorgar incentivos a los contribuyentes que, en el primer trimestre, cancelen por adelantado los tributos de todo el año.
El atraso en los pagos de tributos generará multas e intereses moratorios, que se calcularán según el Código de Normas y Procedimientos Tributarios".
Por lo anterior, las mismas se deben cancelar del 01 al 30 de cada uno de los siguientes meses, según corresponde a cada periodo:
Enero I TRIMESTRE.
Marzo II TRIMESTRE.
Junio III TRIMESTRE.
Setiembre IV TRIMESTRE.
La patente se otorga para una actividad específica, a una persona física o jurídica y con una dirección determinada. Si se modifica o cambia alguna de estas condiciones, es necesario que se realice el trámite correspondiente ante la Municipalidad, por ejemplo traslado de local, traspaso de la patente a otra persona, o bien cambio de la actividad lucrativa o ampliación de la misma.
Si el contribuyente deja de realizar la actividad lucrativa debe de retirar la patente comercial, de lo contrario el cobro continua generándose hasta que el administrado realice el trámite de retiro de patente.
Los requisitos varían según el tipo de permiso que requiera, para lo cual en Plataforma de Servicios se le brindan el formulario necesario o lo puede descargar aquí
Solicitar formulario de uso de suelo en la Plataforma de Servicios o también puede descargarlo y presentarlo en la Municipalidad.
El formulario incluye los requisitos. Ver aquí
Solicitar el formulario de visado ante la Plataforma de Servicios. También puede descargarlo y presentarlo a la Municipalidad.
En el formulario se incluyen los requisitos. Ver aquí
La declaración de Bienes inmuebles es la actualización del valor del terreno y de la(s) construcción(es) que comprenden un bien inmueble. Es obligación del propietario mantener actualizado el valor de su propiedad mediante la presentación de un formulario. Con base en esta declaración se establecerá el cobro del impuesto de bienes inmuebles al contribuyente.
Con base al artículo 16 del Reglamento a la Ley de Impuesto sobre Bienes Inmuebles:
Artículo 17.—Vigencia de un avalúo. Todo avalúo que se realice sea general o individual, de oficio o a petición de parte, tendrá una vigencia de cinco años.
Por lo tanto, los propietarios actuales deben presentar la declaración por lo menos cada cinco años.
Según el artículo 27 del Reglamento a la Ley de Impuesto sobre Bienes Inmuebles, esta declaración la deben presentar todas aquellas personas físicas o jurídicas dueña de propiedades inscritas o no ante el Registro Nacional. Dicha declaración se realiza en la Municipalidad donde sean contribuyentes; por lo menos cada cinco años.
De conformidad con Ley 7509 Ley del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y sus reformas, artículo 16, los propietarios actuales deberán declarar, por lo menos cada cinco años, el valor de sus bienes a la municipalidad.
Solicitar una cita ante la oficina de Bienes Inmuebles al teléfono de la institución 22546002.
Si tiene firma digital, puede descargar el formulario y enviarlo al correo asanabria@munialajuelita.go.cr /jvillalta@munialajuelita.go.cr
Formulario. Ver aquí
El Pago por Derechos de Cementerio (Bóveda), varía de la cantidad de nichos.
En el caso de Nichos Municipales se cancela una única cuota por 5 años.
Para ver toda la información de cementerio. Ver aquí
Se puede cancelar anual o trimestralmente.
Solamente se brinda un paquete de víveres a las familias que tienen Orden Sanitaria por dar positivo de COVID-19
Para ser proveedor de la Municipalidad se requiere estar registrado en el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP)